jueves. 28.03.2024

No respetar el estado de alarma por el coronavirus se sancionará por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado con la Ley de Seguridad Ciudadana de 2015.

Esta ley conocida como "ley mordaza" y con el Código Penal se sancionará a quien no cumpla las restricciones fijadas por el Gobierno en aplicación del estado de alarma decretado para hacer frente a la pandemia por coronavirus

Los cuerpos policiales estatales, autonómicos y locales han quedado bajo la coordinación del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, que dictará en las próximas horas una orden para ejecutar policialmente las restricciones del real decreto del estado de alarma

Estas son las medidas vigentes contra el coronavirus en el Estado de Alarma

 

El artículo 36 de la "ley mordaza" regula las infracciones graves, con multas de entre 601 y 30.000 euros.

En su punto sexto contempla sanciones por: "la desobediencia o la resistencia a la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones, cuando no sean constitutivas de delito, así como la negativa a identificarse a requerimiento de la autoridad o de sus agentes o la alegación de datos falsos o inexactos en los procesos de identificación".

En el artículo 556 del Código Penal fija penas de prisión de tres meses a un año o de seis a 18 meses de multa a los  "se resistieren o desobedecieren gravemente a la autoridad o sus agentes en el ejercicio de sus funciones, o al personal de seguridad privada, debidamente identificado, que desarrolle actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad".

El citado artículo del Código Penal remite igualmente al artículo 550, que regula el delito de atentados contra la autoridad, sus agentes y los funcionarios públicos, y de la resistencia y desobediencia.

En este caso se incluye también "actos de atentado los cometidos contra funcionarios docentes o sanitarios que se hallen en el ejercicio de las funciones propias de su cargo", con penas de prisión de uno a cuatro años y multa de tres a seis meses si el atentado fuera contra autoridad y de prisión de seis meses a tres años en los demás casos.

Estas son las multas por incumplir las restricciones del estado de alarma