Ingreso mínimo vital: Estas son las sanciones por cometer fraude

Ingreso mínimo vital: Estas son las sanciones por cometer fraude
El Gobierno ha anunciado que se podrá solicitar el Ingreso Mínimo Vital, pero también habrá sanciones para los que intenten abusar o cometer fraude

El Consejo de Ministros anunció la aprobación del Ingreso Mínimo Vital, es decir, la cuantía de dinero que recibirán aquellas familias que se encuentren en situación de pobreza.

La situación del Estado de Alarma por la pandemia global de coronavirus ha afectado a muchos negocios y trabajadores, es decir, la economía de muchas familias.

Por tanto, la renta mínima beneficiará a 850.000 hogares y podrá solicitarse a partir del próximo 15 de junio.

Así será la renta mínima vital 

 

Ingreso Mínimo Vital

Una vez solicitada la ayuda de la renta mínima, si resulta aprobada, la administración comenzará un seguimiento para asegurarse de que se cumplen con los requisitos requeridos.

Si la situación cambia, los beneficiarios deberán avisar de su nueva situación antes de que se cumpla el plazo de un mes.

Fraudes con el Ingreso Mínimo Vital

Si se proporcionan datos falsos para acceder al Ingreso Mínimo Vital, cometiendo por tanto un fraude, el Gobierno sancionará e incluso llegará a solicitar el dinero otorgado.

Todo dependerá del tipo de falta, que se clasifican en "leve" (si no se presenta la documentación necesaria), "grave" (si se oculta información para cobrar más) o "muy grave" (si el fraude es reiterado).

Requisitos renta mínima vital: quién y cómo podrá solicitarla

 

Las consecuencias de fraude en el Ingreso Mínimo Vital

Las sanciones asociadas al Ingreso Mínimo Vital variarán desde la devolución de la prestación de seis meses completos, a la pérdida de hasta 5 años de ayudas públicas o hasta la obligación de responder por lo civil o lo penal en los casos más graves.

José Luis Escrivá ha manifestado que “si hay fraude lucharemos, pero no por eso pongámoslo como excusa para luchar contra la pobreza”.

Ha asegurado que también se pondrá especial atención sobre el llamado "cooperador necesario”, refiriéndose a los empresarios que cuentan con trabajadores sin contrato o sin cotizar, con el fin de que éste cobre la prestación.

Asimismo, las personas que cuenten con la ayuda del Ingreso Mínimo Vital no podrán salir al extranjero más de 15 días sin justificación. Hacerlo supondría una infracción grave.

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