miércoles. 24.04.2024

En España, la educación no es obligatoria hasta los 6 años, por lo que antes de esa edad, legalmente, un menor no tiene obligación de estar matriculado.

Por tanto, para todos aquellos padres, cuyos hijos sean menores de 6 años y decidan no llevarlos al colegio, legalmente no será un problema.

En este sentido, a pesar de la creencia popular, no existe ninguna obligación como padre o madre para apuntar a un hijo al colegio por el hecho de que el menor esté en el año de curso escolar en el que cumple los 3 años.

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Todas las familias cuyos hijos comprendan edades desde los 6 a los 16 años sí existe obligatoriedad. Así, aquellos padres que decidan que sus hijos no van a asistir a las aulas sí que podrían tener problemas legales al activarse el protocolo de absentismo escolar.

Esto podría provocar la incoación de un procedimiento administrativo y, en los casos muy graves, podrían llevarlos a verse condenados a penas de prisión que pueden ir hasta los 6 meses de prisión o multa por dejar de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad.

Educar a un niño en casa

Algunas familias deciden educar a sus hijos fuera de las instituciones educativas y, aunque en España la ley no prohíbe de manera explícita el 'homeschooling', la legislación vigente establece que la educación debe ejercerse en centros homologados, siendo obligatoria hasta los 16 años.

El 'homeschooling' es una modalidad de formación legal existente en muchos países del mundo. Sin embargo, no lo es en España, puesto que no está regulada, encontrándose en una situación de alegalidad, ni es legal, ni es ilegal. Es decir, permanece en un limbo jurídico.

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Acciones legales

A pesar de no estar regulado el modelo de formación en casa o 'homeschooling', dada la actual situación excepcional provocada por la COVID-19, no se tomen acciones legales contra aquellos padres que decidan educar a su hijo en el domicilio familiar.

Si finalmente, como padre, optas por llevar a cabo este modelo de educación, lo mejor será hacerlo pidiendo permiso a la Consejería de Educación para que te indique la manera de realizarlo, además de para dejar constancia de que ese niño está siendo educado en casa.

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Será recomendable llevar un dossier de las tareas que vaya realizando el menor en casa para que, de este modo, todo esté documentado.

Con respecto si se puede solicitar teleformación para los niños, la educación en el colegio es de carácter presencial obligatoria, por tanto, tendrá que ser el propio centro el que estudie la posibilidad de impartir las clases de manera semipresencial o a distancia, según cada caso concreto.

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