jueves. 18.04.2024

Los casos por coronavirus siguen aumentando y el estado de alarma nos obliga a confinarnos en nuestra casa, el resultado, catastrófico para la actividad económica. 

Las empresas y sus trabajadores están sufriendo los efectos de esta crisis sanitaria por el coronavirus que está paralizando el mundo. El escenario cambia y el golpe lo recibe la economía española. 

Muchos son los sectores que han tenido que echar el cierre a sus negocios. Algunos negocios pueden continuar su actividad gracias al teletrabajo, en otros esta opción es inviable. 

Además, las nuevas medidas aprobadas por el Ejecutivo para frenar el contagio del COVID-19 han sido definitivas, solo los establecimientos de primera necesidad pueden estar abiertos al público. 

Sectores como el turístico, la hostelería, las líneas aéreas o los relacionados con eventos, entre los más afectados. 

Ante esta nueva situación económica y social, las empresas han empezado a tramitar ERTES, expedientes de regulación temporal de empleo

Así está afectado a los autónomos la crisis del coronavirus en España 

 

En qué consiste tramitar un ERTE

Un ERTE es una suspensión de los contratos de carácter temporal, pero también puede traducirse en una reducción de la jornada y está regulado el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores.

En cambio un ERE (Expediente de regulación de empleo) aparece definido en el artículo 51 de los Trabajadores como "despido colectivo" 

Los dos procedimientos están controlados por la Inspección del Trabajo y requieren asesoramiento legal personalizado para su planificación. 

Para entender bien las diferencias, un ERTE es suspensivo de forma temporal, mientras que un ERTE es extintivo y definitivo

Durante un ERTE el empleador no tendrá que abonar indemnizaciones pero sí reincorporar a los trabajadores afectados por este procedimiento una vez este termine. El 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social deberá seguirlas pagando. 

Crisis económica COVID-19: ¿Qué es es un ERTE?